Normas de uso

La Estación Autobuses Barcelona Nord es un recinto público donde todos debemos convivir. Para conseguir que la convivencia sea lo más agradable posible, todos debemos ser especialmente cuidadosos en las normas de respeto mutuo. A tal efecto se informa de las normas de uso de esta instalación:

El acceso al recinto supone la aceptación y el cumplimiento de las siguientes normas de uso de las instalaciones.

  • Es obligatorio el uso correcto de la mascarilla para acceder a la estación.
  • Es obligatorio seguir las normas de distanciamiento y las indicaciones del personal de seguridad.
  • No se permite el acceso al recinto en bañador o con el torso desnudo o descalzo.

  • No se permite fumar en el recinto de la Estación, excepto en las zonas habilitadas al aire libre.
  • Los bancos son exclusivamente para sentarse, siempre respetando la distancia obligatoria. No se permite su utilización para otros usos.

  • No se permite realizar ningún tipo de actividad permanente (comercial, de estancia, etc, ..) que no esté expresamente autorizada por la Estación.

  • No se permite la utilización de ningún instrumento musical en el recinto de la Estación, o la utilización de equipos de música que pueda suponer una alteración acústica en el recinto.

  • En los andenes y zonas exclusivamente destinadas a los viajeros, podrá limitarse su acceso a toda persona que no disponga del correspondiente billete de transporte.

  • La Estación no se hace responsable de los bienes perdidos o sustraídos. Es responsabilidad de los usuarios controlar sus pertenencias durante su estancia en la Estación. Se recuerda la instalación de consignas a disposición de los viajeros.

  • En caso de daños por causa no imputable a la Estación, la empresa no se hará cargo de ninguna compensación.

  • Los mensajes dados mediante el servicio de megafonía general de la Estación, son de carácter exclusivamente organizativo o de urgencia.
  • Las imágenes realizadas en las instalaciones de la Estación, el personal empleado o a sus usuarios, con independencia del soporte o medio tecnológico en que se realicen, no se podrán utilizar con fines comerciales sin autorización previa.

  • No se acepta la entrada a la Estación de perros y otros animales domésticos con excepción de:
    -  perros guía. (Art. 12 Ley 19/2009 de 26 de noviembre).
    -  animales que tienen que viajar, debidamente ubicados para su desplazamiento, en jaulas autorizadas por las compañías de transporte. 

  • La empresa se reserva el derecho de admisión de aquellos usuarios que no cumplan las anteriores normas, o que realicen actos vandálicos o violentos, o puedan alterar el derecho de otros usuarios a no ser perturbados durante su estancia en la Estación.

  • Se recomienda llegar con una antelación mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas antes de la hora de salida del autocar de destino.