Derechos de los Viajeros

Las medidas de la Unión Europea en el ámbito del transporte en autobús y autocar deben conseguir, entre otros, que se garantice un elevado nivel de protección de los viajeros, comparable al de otras modalidades de transporte, independientemente del lugar en el que viajan. Asimismo, se tendrán en cuenta las exigencias en materia de protección de los consumidores en general. 

Dado que los viajeros y viajeras de autobús y autocar constituyen la parte más débil del contrato de transporte, se les concederá un nivel mínimo de protección.

Para conocer toda la normativa pueden acceder directamente al Diario Oficial de la Unión Europea en su Reglamento (UE) núm. 181/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar y por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 2006/2004.